lunes, 9 de septiembre de 2013

Renovación del carnet de conducir.

Vigencia:

 El permiso de conducción de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tendrá un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.
El permiso de las clases restantes y la licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, tendrán un período de vigencia dediez años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de cinco años a partir de esa edad.
El período de vigencia de las diversas clases de permiso y licencia de conducción señalado en los apartados anteriores podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
El permiso o licencia de conducción cuya vigencia hubiese vencido no autoriza a su titular a conducir y su utilización dará lugar a su intervención inmediata por la autoridad o sus agentes.
La vigencia del permiso y de la licencia de conducción, además, estará condicionada a que su titular no haya perdido totalmente la asignación inicial de puntos.
Asimismo, con independencia de lo dispuesto en los apartados anteriores, la vigencia de los permisos y las licencias de conducción estará subordinada a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.


Requisitos:

La vigencia de los permisos o licencias de conducción será prorrogable, por las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, previa solicitud de los interesados y una vez hayan acreditado que conservan las aptitudes psicofísicas exigidas para obtener el permiso o licencia de que se trate.

La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse dentro del período de tres meses anterior a la fecha de la pérdida de vigencia de la autorización de que se trate. Adelantar la presentación de la solicitud no va a suponer, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.
La solicitud de prórroga deberá presentarse antes de expirar el período de vigencia. No obstante, el titular del permiso o licencia cuya vigencia haya caducado, podrá obtener la prórroga, quedando dispensado de realizar las pruebas de control de conocimientos y las de control de aptitudes y comportamientos.


Documentación necesaria:
  • Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
  • Informe de Aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.
  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Una fotografía actualizada de 32 x 26 mm. en color, iguales a la que se halle adherida al Certificado de Aptitud. Cuando se trate de solicitantes que por su religión lleven el cabello cubierto , se admitirán las  fotografías con velo, siendo la única limitación para su admisión, que el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona .
  • Talón-foto, al que se hallará adherida la fotografía. Dicho talón-foto se obtiene en todas las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico

En la web de la Dirección General de Tráfico están disponibles los impresos necesarios para llevar a cabo la gestión de la renovación del carnet de conducir.

jueves, 5 de septiembre de 2013

Aclaración Renovaciones y Clases Prácticas.

He visto en foros que sabemos poco de lo que es la gestión de las autoescuelas y que a veces nos "engañan" para sacar más beneficio. Cierto es que cualquier carnet de conducir suele costarnos bastante dinero, en algunas ocasiones pagamos más de lo que deberíamos. En primer lugar quiero comentar el tema de las Renovaciones.

Primero, las tasas simplemente es lo que la Dirección General de Tráfico nos cobra por acceder a sus exámenes, actualmente 88'50 € (excepto para BTP que son 27'10 €). Cuando suspendes varías veces y consumes tus opciones de exámenes tienes que hacer una renovación, es decir, pagar de nuevo las tasas. Ésto para las autoescuelas es una buena forma de ganar dinero. Algunas autoescuelas cobran por renovar más de los 88'50 € que tiene que pagar a tráfico. Y muchas veces no sabemos lo que pagamos. A veces he visto autoescuelas que cobraban hasta 200 € por una renovación, literalmente, se quedaban más de 110 € por gastos de "gestión". De la misma forma he estado en alguna que no te cobraba nada, renovabas pagando el precio de la tasa nada más.

Conviene antes de apuntarse a cualquier autoescuela informarnos correctamente de TODOS los precios que tienen.

Por otro lado está el tema de las clases prácticas. En ocasiones las autoescuelas obligan a dar un mínimo de clases. El alumno siempre puede examinarse en el momento que quiera, siempre que se respeten los plazos para presentar documentación. No existe ningún mínimo de clases prácticas para poder examinarse. Aunque por otro lado, los examinadores saben las clases prácticas que llevamos pues el profesor debe darle la documentación. Depende de los examinadores pero a muchos no les convence la gente que va con 5 o 6 prácticas.

Carnet de conducir A1, A2 y A. Información.

En este post os mostraré las diferencias entre cada carnet de conducir de la clase A.
En primer lugar encontramos el permiso de conducir A1. El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de 16 años cumplidos. 
En el lugar intermedio tenemos el permiso de conducción A2. El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de 18 años cumplidos.
Y para terminar los permisos de conducir motocicletas, el carnet de conducir clase A. El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de 20 años cumplidos pero hasta los 21 años no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

La forma de obtener cada carnet de conducir varía en su forma teórica y práctica. En cuanto a la parte teórica los carnets A1 y A2 necesitan la aprobación del teórico general (teórico de la clase B) y el teórico específico. La parte práctica es igual para ambos carnets también. Consiste en una prueba en un circuito cerrado y otra prueba en circulación abierta al tráfico. Puedes obtener más información sobre la prueba en el circuito cerrado aquí: http://carnetsdeconducir.es/carnets-a1-y-a2-pruebas-circuito-cerrado-y-consejos/ 

En cuanto al carnet de conducir de la clase A solo es necesario realizar un curso de 9h que se reparten en clases teóricas y clases prácticas. No se realiza ningún examen.